
Gasto del Gobierno Regional en Educación
En toda región, la Dirección Regional de Educación (DRE) (2) es el parte encargado de la política educativa regional; por lo tanto, es su responsabilidad conducir el proceso de planificación concertada y la formulación del presupuesto participativo en este sector del Estado.
Toda DRE recibe parte del Presupuesto General de la Republica para lo cual tiene Unidades Ejecutoras de Presupuesto (UEP) del Gasto Público Regional en Educación (GEPR). De estas unidades ejecutoras, pueden depender financieramente una o más Unidades de Gestión Educativa Locales (UGELs). Como sabemos, las instituciones y programas educativos (de uno ó más distritos) dependen administrativamente de estas UGELs (3).

Analicemos el Cuadro 1 En la región Junín -en lo que a educación se refiere; La, Dirección Regional de Educación - Junín (DREJ) existen sólo tres UEP que agrupan a 9 UGEL, 123 distritos y 3.358 instituciones y programas educativos de gestión estatal. El sentido común nos reclama que deberían existir al menos nueve UEP: una por UGEL. Sin embargo, la decisión de crear más UEP depende del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el cual sólo aplica criterios financieros para definir su constitución sobre la base de una ejecución anual de 6 millones de nuevos soles. Esta situación, como es evidente, poco favorece a la descentralización fiscal del sector educativo público y a la equidad de su distribución provincial y distrital.
Evolución del GEPR Junín
Hemos definido al Gasto Público Regional en Educación (GEPR) como el presupuesto total que ejecutan los órganos y organismos del sector público regional que cumplen la función educación y cultura (4). Veamos algo sobre este gasto en la Región Junín (GEPR Junín).
En los últimos veinticinco (25) años el GEPR Junín, ha tenido un crecimiento importante tanto en términos absolutos así como en relación al Gasto de Gobierno Regional (GGR) y al Producto Bruto Interno Regional (PBIR).
En 1981 el GEPR Junín representaba el 1.3% del PBIR y tan sólo el 15.3% del GGR. El Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) para el 2005 es e13.1 % del PBIR y el 31.0% del GGR (ver gráfico 1).

¿En qué se gasta?
Tal como se observa en el gráfico 2 - a nivel agregado - la principal característica del presupuesto de DREJ es su fuerte componente de gastos operativos. Considerando el Presupuesto del 2005: el 97.1% d{: los recursos están destinados a gasto corrientes y tan sólo el 2.9% a gastos de capital. Aún más y respecto del total: el 90.2% de los recursos asignados este año a la DREJ se destinan a gastos de personal y obligaciones sociales, es decir, al pago de planillas del personal docente y administrativo.

Otra perspectiva para el análisis de la asignación de recursos públicos para la educación regional es la distribución del presupuesto / gasto por programas, en este caso por niveles y modalidades educativas

Este panorama reproduce de alguna manera la tendencia nacional en tanto que existe un significativo 2.8% destinado a la administración de la DRE y las UGEL, sin embargo, se destina tan sólo el 0.7% a la educación especial.
A pesar de esto, las instituciones y programas educativos de la región no han tenido un desempeño tan eficiente en lo que cobertura se refiere, ya que las tasas de asistencia neta más bajas se ubican en los grupos de edad correspondientes a la educación inicial y la educación secundaria de menores.
Inversión por estudiante
Veamos ahora la inversión por estudiante en la Región Junín; es decir, el costo. medio año/alumno por niveles educativos (5).
La evolución de la inversión por estudiante en el periodo de análisis 1981 - 2005 ha sido marcada por la tendencia nacional, en otras palabras, mientras la matrícula iba aumentando el presupuesto asignado, en términos reales, se mantenía en los mismos niveles lo que ha traído como consecuencia que el presupuesto aprobado para 2005 represente el 85.3% de lo que se invirtió por estudiante en 1981.
La data disponible nos permite describir la evolución en términos reales ($ de 1994) de los costos por niveles educativos para el periodo 1999 - 2005.

El nivel de educación inicial un incremento modesto de $164 a $179, es decir, 9%, sin embargo la educación tuvo un incremento notable de $598 a $ 1,153: 92.9%.
Reflexión final
El panorama presentado, tanto desde perspectiva de la pobreza educativa como de la situación financiera de la educación pública, nos obliga plantear la necesidad de elaborar propuesta de financiamiento a nivel regional que permita una asignación de recursos considerando las necesidades educativas de las provincias, distritos, y dentro de ellos, las características particulares de las instituciones y programas educativos, así como las redes institucionales que funcionan tanto en el área urbana como en el área rural.
En este sentido una primera cuestión sería que la DRE tome el liderazgo como responsable de la política educativa del sector en la región, para tal efecto tendría que delegar las funciones de la administración escolar. De ser esto así, cada unidad administrativa provincial, es decir, cada UGEL deberá ser considerada como UEP, a partir de esta reestructuración organizacional y financiera, los programas e instituciones se agruparán en redes institucionales, las mismas que para efectos presupuestales serán consideradas Unidad de Costeo (6).
Sobre la base de esta nueva organización, la distribución de los recursos se hará más eficiente a partir de la aplicación de un índice de asignación del gasto que facilite una mayor equidad al interior del espacio regional, de manera tal que se dote de manera directa a las instituciones y programas educativos de los insumos necesarios que coadyuven a la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje, y de esta manera revertir la situación de pobreza educativa que afecta a la región.
(1) Publicado con el nombre de Presupuesto y Educación en la Región Junín en: Instituto de Pedagogía Popular. Cambio Educativo Nº 3. Huancayo, Agosto del 2005.
(2) La Dirección Regional de Educación es un órgano especializado del Gobierno Regional responsable del servicio educativo en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial. Tiene relación técnico-normativa con el Ministerio de Educación. Ley General de Educación Artículo 76º.
(3) La Unidad de Gestión Educativa Local es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con autonomía en el ámbito de su competencia. Su jurisdicción territorial es la provincia. Dicha jurisdicción territorial puede ser modificada bajo criterios de dinámica social, afinidad geográfica, cultural o económica y facilidades de comunicación, en concordancia con las políticas nacionales de descentralización y modernización de la gestión del Estado. Ley General de Educación Artículo 73º.
(4) El presupuesto inicial de apertura PIA consigna los recursos que la Ley General de Presupuesto autoriza a gastar. El presupuesto devengado son los recursos consignados en los calendarios de cada UEP.
(5) Un indicador importante para el análisis del GEP es el costo medio año/alumno, éste representa en unidades monetarias la cantidad de recursos totales que asigna el presupuesto anual en promedio por cada alumno matriculado en el sistema educativo.
(6) La Unidad de costeo UC agrupa a un conjunto de Instituciones educativas ubicadas en una determinada área geográfica de la UGEL. Está bajo la dirección del Titular de la institución educativa líder del área circundante a la que se denominará “Centro Base”. Tiene como propósito fomentar la desconcentración en la asignación de recursos. La UC designará un responsable de meta con capacidad de decisión respecto de las prioridades de las instituciones y programas educativos, el mismo que participará en el comité de caja y en la elaboración del plan de adquisiciones de la UEP.
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